Concesión de subvenciones para garantizar derechos de discapacitados
Se ha publicado el Real Decreto 539/2019, de 20 de septiembre. En él se regula la concesión directa de subvenciones para garantizar el apoyo a las entidades del Tercer Sector de Acción social y el ejercicio de los derechos básicos de las personas con discapacidad.
OBJETO:
Regular la concesión directa, con carácter extraordinario, de subvenciones a determinadas entidades del Tercer Sector de Acción social de ámbito estatal. La finalidad es garantizar la cobertura de sus gastos de mantenimiento y funcionamiento y el ejercicio de los derechos básicos de las personas con discapacidad, para que puedan desempeñar su labor de representación, defensa y promoción de los intereses generales de las personas con discapacidad y de sus familias.
ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Diferentes asociaciones, que aparecen relacionadas en el Anexo del Real Decreto.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
La financiación de gastos corrientes derivados de gastos de funcionamiento, gastos de actividades estatutarias, prestación de servicios y actuaciones orientadas al ejercicio de los derechos básicos de las personas con discapacidad (se relaciona en el RD la relación de categorías de gastos corrientes afectados).
CUANTÍA:
La dotación financiera de estas subvenciones será de algo más de 5 millones de €, a cargo del presupuesto el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social para el ejercicio 2019.
LEGISLACIÓN AFECTADA:
- RD 539/2019, de 20 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para garantizar el apoyo a entidades del Tercer Sector y el ejercicio de los derechos básicos de las personas con discapacidad
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Reglamento de la Ley General de Subvenciones (RD 887/2006, de 21 de julio)
- Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado
